Para tener certera jurídica y también tranquilidad sobre la posesión de un bien inmueble es importante escriturarlo.
El primer paso es acudir a una notaría pública para solicitar asesoría en cuanto al trámite y los requisitos para ello. La forma en que se haya adquirido la propiedad será también la forma en que se podrá escriturar.
Adquisición de una propiedad por trato directo
Una vez acordado el monto y forma de pago, se deberá presentar la siguiente documentación:
- Título de propiedad
- Comprobante de solvencia económica del comprador para adquirir la propiedad.
- Avalúo.
- Certificado de libertad de gravámenes fiscales.
- Certificado de gravámenes hipotecarios
- Certificados de no adeudos de servicios de agua, predial, luz
- Identificación oficial del vendedor y comprador, de estar casados, se debe presentar acta de matrimonio de ambas partes
- Para la adquisición de departamentos o casas en condominio se requiere también copia del régimen de propiedad en condominio y la constancia de no adeudos de mantenimiento por parte del administrador de dicho condominio.
Entregada la documentación y revisada su legitimidad, el notario indicará la fecha para la firma de ambas partes. La notaria tramita el registro en el Registro Público de la Propiedad donde aparecerá el nombre del nuevo propietario.
Gastos a considerar por escrituración
- Gastos generados por la documentación requerida, incluido el avalúo ante una Unidad de Valuación certificada.
- Derechos de inscripción y permisos como los certificados de libertad de gravámenes fiscales e hipotecarios, así como inscripción en el Registro Público de la Propiedad.
- Impuestos de propiedad que van del 3 al 5% del valor del avalúo por parte del vendedor.
- Honorarios notariales, por la realización del trámite de escrituración.