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Consideraciones al renovar un contrato de arrendamiento

Un contrato de arrendamiento se realiza por 12 meses y debe considerar las reglas de uso del inmueble, normativas de mantenimiento y otros aspectos

El arrendamiento se da cuando el propietario de un bien inmueble cede temporalmente su uso y disfrute a otra persona a cambio del pago de una renta, y se formaliza con un contrato que especifica las reglas de uso del inmueble, normativas de mantenimiento y otros aspectos, como el ajuste inflacionario de precios.

Rocío Uribe Benítez, directora general de Quality Inmobiliaria Uribe, explicó que para que este documento tenga legalidad se debe realizar por un mínimo de 12 meses, y posteriormente puede renovarse, renegociando diferentes cláusulas como el nuevo precio de renta.

“Es importante que se estipule un rango de aumento, el cual puede ser entre la inflación y un máximo de 10 por ciento, esto para que el arrendador y arrendatario tengan la opción de negociar un porcentaje. En casa-habitación lo más que puede incrementar es 10 por ciento y en comercial por arriba de esa cantidad”, señaló.

También es importante especificar lo referente al mantenimiento, si hay una nueva cuota y a quién le corresponde el gasto. Asimismo, al firmar por primera vez un contrato de arrendamiento, el inquilino paga un mes de depósito, con el fin de que, al dejar el inmueble, el dueño tenga los recursos suficientes para cubrir los desperfectos que haya en el lugar, así como los servicios o deudas pendientes; esta cláusula también debe revisarse en la renovación y actualizarse con base en el nuevo costo de la renta.

De igual manera, se tiene la opción de contar con una póliza jurídica, misma que realiza un despacho de abogados. Este documento fungirá como intermediario entre el arrendador y el arrendatario para que no se presenten injusticias o abusos de ningún tipo.

Rocío Uribe mencionó que la renovación de un contrato de arrendamiento es igual de importante que la apertura del mismo, y recomendó a los dueños no confiarse y seguir el proceso como si fuera la primera vez. “Luego sucede que como el primer año el arrendatario pagó bien, entonces el segundo le quitan la póliza o perdonan el aval”, dijo.

Además, sugirió revisar de nuevo los ingresos del inquilino, que el inmueble del aval no tenga adeudos, verificar que los fiadores vivan y que los servicios estén pagados, así como registrar tanto la apertura del contrato como la renovación ante un notario por cuestión de la Ley Nacional de Extinción de Dominio.

En caso de que el inquilino siga haciendo uso del inmueble sin renovar el contrato, puede haber penalizaciones: “Si por alguna razón la persona sigue en el inmueble y no ha renovado el contrato, la renta puede incrementar. En el mes 13, el dueño puede cobrar el alquiler y un 50% adicional”, mencionó Uribe, y detalló que ese gravamen se quita una vez que se renueva el contrato.

Fernanda Hernández

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